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17 ”Pero si el gobernador regala una porción de sus tierras a uno de sus sirvientes, esa porción de terreno será del sirviente sólo hasta el año de liberación. En ese año el sirviente devolverá el terreno al gobernador, pues se trata de la herencia de sus hijos. 18 El gobernador no podrá adueñarse de la tierra que es del pueblo, ni podrá dársela a sus hijos como herencia. Si les quiere dar algo, debe darles lo que sea de su propiedad. Así que no le podrán quitar a la gente de mi pueblo sus propiedades”».

Las cocinas del templo

19 Después de esto, el hombre me llevó por la entrada que había al lado de la puerta, a ver los cuartos que daban hacia el norte; eran los cuartos que solamente podían usar los sacerdotes. Allí me mostró la parte posterior del edificio, que daba hacia el oeste.

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